Las propuestas
Antecedentes
Algunas aseguradoras del Reino Unido (RU) que son Socios de Lloyd’s gozan actualmente de los derechos de «pasaporte» del EEE para permitir la gestión de pólizas dentro de Europa sin necesidad de una autorización adicional.
Como consecuencia de la salida del Reino Unido de la Unión Europea («Brexit») el 31 de enero de 2020, se prevé que los derechos de pasaporte del EEE cesen al final del período de transición el 31 de diciembre de 2020. Por tanto, Lloyd’s propone, en nombre de los Socios, transferir determinadas pólizas de los Socios a Lloyd’s Insurance Company S.A. («Lloyd’s Brussels») (la «transferencia propuesta»). Lloyd’s Brussels es una compañía de seguros constituida y regulada en Bélgica y es una subsidiaria de propiedad total de Lloyd’s.
A menos que se excluya específicamente, las pólizas (o partes de las mismas) que se transfieran en virtud de la transferencia propuesta son aquellas en las que la totalidad o parte del riesgo suscrito por Lloyd’s se encuentra en un estado miembro del EEE o en las que el titular de la póliza reside en el EEE, de manera que la póliza (o parte de la misma) no podría gestionarse después del Brexit desde el Reino Unido sin incumplir los requisitos legales o reglamentarios («Pólizas del EEE»). La transferencia propuesta garantizará que las Pólizas transferidas del EEE puedan gestionarse de manera satisfactoria después del Brexit, incluso en relación con el pago de indemnizaciones.
Si lo aprueba el Tribunal Supremo de Inglaterra y Gales (High Court), se espera que la transferencia propuesta entre en vigor el 30 de diciembre de 2020(«Fecha de entrada en vigor»). Consulte toda la información disponible utilizando los enlaces de este sitio web y asegúrese de que todas las personas cubiertas por la póliza conozcan la transferencia propuesta. Si su póliza es un acuerdo colectivo, Lloyd’s le prestará asistencia para que los titulares de las pólizas y otros beneficiarios conozcan las propuestas. Póngase en contacto con nosotros si necesita ayuda.
Impacto sobre los Titulares de las pólizas
Si así lo aprueba el Tribunal Supremo, la transferencia propuesta no sufrirá ninguna modificación de los términos y las condiciones de la póliza, salvo que Lloyd’s Brussels se convirtiera en la aseguradora y responsable del tratamiento en relación con las Pólizas del EEE. La transferencia propuesta se ha diseñado cuidadosamente para garantizar que no cambiará el modo en que funcionan las pólizas. Los titulares de pólizas no verán cambios administrativos directos como resultado de la transferencia propuesta y el proceso para realizar reclamaciones y pagos que puedan adeudarse como liquidación de una reclamación válida por tanto no se verán afectados por la transferencia propuesta.
Impacto en los sindicatos y los reaseguradores
Lloyd’s Brussels y los socios de Lloyd’s de cada sindicato suscribirán un acuerdo de reaseguro (cuota-parte) en virtud del cual la responsabilidad económica de las Pólizas del EEE por cada sindicato, a partir de la fecha de entrada en vigor de la transferencia propuesta, se reasegurarán completamente a los socios de Lloyd’s de dicho sindicato (el «Contrato de Reaseguro de Lloyd’s Brussels»). Por lo tanto, la responsabilidad económica por las Pólizas transferidas del EEE seguirá recayendo en los Socios de Lloyd’s que suscriban dichas pólizas o las hayan heredado a través del Reaseguro para cerrar el proceso.
Las pólizas de reaseguro externas existentes actualmente en vigor en relación a las Pólizas transferidas del EEE no se transferirán en virtud de la transferencia propuesta. En su lugar, como parte de la transferencia propuesta, tales pólizas de reaseguro se convertirán en cobertura de retrocesión adjunta en la parte superior del Contrato de Reaseguro de Lloyd’s Brussels. El beneficio de cada reaseguro externo existente se transferirá del Socio original al nombre que se emitió la póliza (como reasegurada) al nuevo Socio que haya reasegurado la póliza del Socio original en virtud del Contrato de Reaseguro de Lloyd’s Brussels.
El beneficio de todas las garantías colaterales relacionadas y otros acuerdos de garantía sobre contratos de reaseguro externos existentes seguirá respaldando las coberturas de retrocesión pero, de conformidad con los términos de la transferencia, incluirá las modificaciones consecuentes necesarias para implementar y reflejar el hecho de que dichos acuerdos, a partir de la fecha efectiva de la transferencia, respaldarán una retrocesión en lugar de un reaseguro.
Línea de asistencia de Brexit Transfer
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